Esta ley fue creada bajo el mandato del
ex presidente Cesar Gaviria Trujillo, el presidente del senado de la república
José Ramón Elías Nader, el secretario del senado Pedro Pumarejo Vega, el
presidente de la cámara de representantes Francisco José Jattin Safar, el
secretario de la cámara de representantes Diego Vivas Tafur, fue creada el 22
de diciembre de 1993.
En que consiste la ley 99
·
TITULO I: FUNDAMENTOS DE LA
POLITICA AMBIENTAL COLOMBIANA
Articulo 1: principios generales
ambientales este articulo contiene catorce principios que tratan de el proceso
de desarrollo económico y social del país el cual va orientado por el
desarrollo sostenible, y establecen el cuidado del patrimonio nacional, se
menciona de la creación del SINA (sistema nacional ambiental).
·
TITULO II:DEL MINISTERIO DEL
MEDIO AMBIENTE Y DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL
Articulo 2 al Articulo 9
Estos artículos hablan de objetivos de
ministerio y su función, del concepto de desarrollo sostenible, del SINA, del
ordenamiento ambiental del territorio, del CONPES (consejo Nacional de política
económica y social).
·
TITULO III: ESTRUCTURA DEL
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Articulo10 al 12 habla de estructura
administrativa del medio ambiente, consejo del gabinete, funciones y
dependencias del ministerio.
·
TITULO IV: DEL CONSEJO
NACIONAL AMBIENTAL
Consejo nacional ambiental, Funciones
del consejo.
·
TITULO V:APOYO CIENTIFICO Y
TECNICO DEL MINISTERIO
De las entidades científicas vinculadas
al ministerio, IDEAM, INVEMAR, SINCHI, Alexander von Humboldt, John von
Neumann.
·
TITULO VI: LAS CORPORACIONES
AUTONOMAS REGIONALES
Del articulo 23 al 41 nos habla de
naturaleza jurídica, dirección y administración, asamblea corporativa, del
consejo directivo y funciones, creación de corporaciones autónomas regionales,
de la corporación para el desarrollo sostenible del norte sur y oriente del
Amazonas, de la Sierra nevada, San Andrés y providencia, macarena choco Uraba
de la Mojona y el San Jorge.
·
TITULO VII: LAS RENTAS DE LAS
CORPORACIONES AUTONOMAS REGIONALES
Del articulo 42 al 48 declara sobre las
tasas retributarias y compensatorias, tasas por utilización de aguas,
transferencia del sector eléctrico, gasto publico ambiental.
·
TITULO VIII: LICENCIAS
AMBIENTALES
Del articulo 49 al 62 habla declara las
licencias ambientales obligatorias, del estudio de impacto ambiental,
procedimiento para entrega de licencias, suspensión de licencias.
·
TITULO IX: FUNCIONES DE LAS
ENTIDADES TERRITORIALES Y DE LA PLANIFICACION AMBIENTAL
Del articulo 63 al 68 declara los
principios normativos generales, armonía regional, gradación normativa, rigor
subsidiario funciones de los municipios y distritos, funciones de los
territorios indígenas.
·
TITULO X: MODOS Y
PROCEDIMIENTOS DE PARTICIPACION CIUDADANA
Artículos del 69 al 76 declara el
derecho a intervenir en los procedimientos administrativos ambientales, del
Trámite de las peticiones de intervención de la publicidad de las decisiones
sobre el Medio Ambiente, de las Audiencias Públicas Administrativas sobre
decisiones ambientales en trámite de la intervención del Ministro del Medio
Ambiente en los Procedimientos Judiciales por Acciones populares.
·
TITULO XI: ACCION DE
CUMPLIMIENTO EN ASUNTOS AMBIENTALES
Del articulo 77 al 82 declara el
mandato de ejecución, procedimiento de acción de cumplimiento, desistibilidad.
·
TITULO XII: SANCIONES Y
MEDIDAS DE POLICIA
Del articulo 83 al 86 declara las
atribuciones de la policía, sanciones y denuncia, tipos de sanciones.
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TITULO XIII: FONDO NACIONAL
AMBIENTAL Y FONDO NACIONAL DE AMAZONIA
Su creación, naturaleza, jurisdicción,
objetivos; dirección y admistracion de FONAM, recursos del medio ambiente del
fondo nacional de regalías, restricción de destino de recursos del fondo
ambiental de la amazonia.
·
TITULO XIV:PROCURADURIA
DELEGADA PARA ASUNTOS AMBIENTALES
Comprende el articulo 97 que decreta
que se debe velar por la defensa del medio ambiente de acuerdo con lo previsto
por el art 277 de la constitución política (funciones del procurador)
Intervenir en las actuaciones
administrativas y de policía, en defensa del medio ambiente.
Interponer directamente, o a través del
Defensor del Pueblo, las acciones previstas por la Constitución Política y la
ley para la defensa del medio ambiente y de los recursos naturales renovables.
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TITULO V: LA LIQUIDACION DEL
INDERENA Y DE LAS GARANTIAS LABORALES
Del articulo 98 al 100 liquidación de
INDEREMA (instituto nacional de recursos naturales renovables), prestaciones y
pensiones, garantía al personal.
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TITULO XVI: DISPOSICIONES
FINALES
Del articulo 101 al 118;del servicio
ambiental, cuerpo especializado de la policía, apoyo de las fuerzas armadas,
funciones de ingeominas, adquisición de áreas de interés para acueductos
municipales.
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